sábado, 27 de mayo de 2017

Vocabulario desde la Prehistoria hasta el S. XVIII

Vocabulario historia

Bloque 1: La península ibérica desde los primeros humanos hasta la desaparición de la monarquía visigoda (711)

Unidad 1. Prehistoria y protohistoria de la península ibérica

Homo antecessor: tipo humano al que corresponden los restos más antiguos de hombres europeos. Se ha encontrado en la Sierra de Atapuerca (Burgos) y se ha datado en unos 900.000 años. Según parece, practicaban el canibalismo, eran altos y fuertes, con un cerebro pequeño y una cara semejante a la del hombre actual.
Homo neanderthalensis: especie descendiente en Europa del homo antecessor, presenta muchas similitudes con el hombre actual, aunque no somos descendientes de ella. Su grado de desarrollo era alto: producían instrumentos de piedra muy elaborados, eran capaces de hacer fuego y enterraban a los muertos. Entre hace 80.000 y 50.000 años vivieron su momento de máxima expansión, distribuyéndose por toda Europa, Próximo Oriente y Asia central. Se extinguió definitivamente hace unos 30.000 años. Resulta difícil explicar las causas de su desaparición.
Homo sapiens: especie descendiente en África del homo antecessor, es nuestro antepasado directo. También conocido como hombre de Cro-Magnon (o Cromañón), su presencia en Próximo Oriente se remonta a hace 100.000 años y en la península Ibérica a unos 40.000 años. Coexistió durante algún tiempo con el hombre de Neandertal en unas mismas zonas, pero acabó reemplazándolo.
Paleolítico: primera etapa de la Prehistoria, y la más larga, caracterizada por una economía depredadora (caza y recolección), el nomadismo y una tecnología basada en la talla de la piedra.
Mesolítico o epipaleolítico: periodo de transición del paleolítico al neolítico, coincidente con el inicio de la fase climática actual. Se caracterizó por la pervivencia de la economía de caza y recolección, pero en un escenario de creciente presión demográfica (aumento de la población a un ritmo superior al de las especies cazadas).
Neolítico: etapa de la Prehistoria caracterizada por la adopción de una economía basada en la agricultura y la domesticación de animales, el sedentarismo de los grupos humanos y avances tecnológicos como la cerámica y el pulimentado de la piedra.
Calcolítico: primer periodo de la edad de los metales, caracterizado por la utilización del cobre (kalkós en griego), metal no demasiado duro, pero relativamente fácil de trabajar.
Edad del bronce: segundo periodo de la edad de los metales. El bronce es una aleación de cobre y estaño, de mayor dureza que el cobre solo, y requiere una tecnología más compleja.
Protohistoria: periodo de transición de la Prehistoria a la Edad Antigua, definido por la aparición de documentos escritos aislados. En España se inicia en los siglos VIII-VII a. C., momento en que aparecen los primeros textos griegos que hablan de la península Ibérica.
Tartesos: fue el primer Estado (reino) de la península Ibérica de cuya existencia histórica se tiene noticia, en la primera mitad del primer milenio a. C. Su centro estaría en el suroeste peninsular (Huelva, Sevilla, Cádiz) y su área de influencia se extendía hasta la región de Cartagena. La fama de prosperidad de que gozaba en el mundo antiguo se debía a sus grandes riquezas agrícolas, ganaderas y, sobre todo, minerales (oro, plata, cobre), que propiciaban un activo comercio tanto con las Islas Británicas como con los fenicios y griegos establecidos en la Península.
Indoeuropeos: conjunto de pueblos originarios de las estepas euroasiáticas que, acuciados por la presión demográfica, emprendieron masivos movimientos de población hacia el sur de Europa, Próximo Oriente, Irán y la India. Su presencia en la península Ibérica se puede constatar al menos desde finales del segundo milenio, pero a partir del siglo VIII a. C. penetraron a través de los Pirineos nuevas oleadas, en esta ocasión de celtas procedentes de Europa central y occidental, que se asentaron principalmente en el interior y el oeste peninsular. Introdujeron la metalurgia del hierro, pero su economía y su organización social y política estaban poco evolucionadas
Colonización griega: los griegos llegaron a la Península hacia el siglo VII a. C. por la vertiente septentrional del Mediterráneo. La fundación de Massalia (Marsella, en el sur de Francia) sirvió de punto de partida para el establecimiento de colonias en la costa catalana, como Rhode (Rosas) y Emporion (Ampurias, fundada hacia el 600 a. C.). Aunque se conocen referencias a otras fundaciones más meridionales, como Hemeroskopeion (Denia) o Mainake (junto a la Malaka fenicia), no existe confirmación arqueológica de su existencia. Fundaron sus colonias con la intención de comerciar con los nativos y en especial con Tartesos. Estaban muy evolucionados, conocían la metalurgia del hierro y utilizaban la moneda.
Colonización fenicia: los fenicios establecieron enclaves comerciales por todo el sur del Mediterráneo. La colonia más antigua que fundaron en la Península fue Gadir (Cádiz), cuyo origen parece remontarse como máximo al año 800 a. C., según los testimonios arqueológicos, no a 1100 a. C., como se desprendía de las fuentes literarias. A esta fundación inicial siguieron otras en la costa andaluza, como Malaka (Málaga), Sexi (Almuñécar) o Abdera (Adra). Como los griegos, fundaron sus colonias con la intención de comerciar con los nativos y en especial con Tartesos, estaban muy evolucionados, conocían la metalurgia del hierro y utilizaban la moneda.
Colonización cartaginesa: Tiro, última ciudad fenicia que permanecía independiente en Próximo Oriente, cayó en poder de los babilonios en el siglo VI a. C. A partir de ese momento, Cártago, colonia que había sido fundada por los tirios en el norte de África, tomó el relevo de los fenicios en el control del comercio en el Mediterráneo occidental. Los cartagineses siguieron una política de colonización más hostil, que acabó en la ocupación militar del sur y del sureste de la península Ibérica.
Área ibérica: se denomina así al área del sur y el levante peninsular en vísperas de la conquista romana. Los íberos eran descendientes de los indígenas prehistóricos y, al contacto con los colonizadores griegos y fenicios, habían recibido su influencia civilizadora. Su economía era rica, con un activo comercio y uso frecuente de la moneda. Tenían una estructura social evolucionada, con grupos diferenciados por su poder o riqueza. Y su organización política era de tipo estatal, según el modelo griego o fenicio de la ciudad-estado.
Área celta: se denomina área celta o indoeuropea al centro, el oeste y el norte peninsular. También se puede incluir dentro del área celta a los llamados celtíberos (zona centro-oriental de la Meseta y el valle medio del Ebro). Estaba menos evolucionada que el área ibérica, pero era muy heterogénea. Su economía se basaba en una agricultura o ganadería en general poco evolucionadas, el comercio era escaso y sin moneda, y el pillaje sobre los pueblos vecinos constituía una práctica frecuente. Sus estructuras sociales eran primitivas (clanes y linajes). Y su organización política era de tipo pre-estatal, propia de bandas y aldeas.

Unidad 2. La Hispania romana (218 a. C.-476 d. C.)

Colonia romana: ciudades de nueva creación o en tierras confiscadas a los indígenas para el asentamiento de ciudadanos romanos. En el caso de Hispania, era frecuente que los asentados fueran soldados veteranos a los que se entregaba tierras en pago por su servicio militar. Un ejemplo es Mérida (Emérita Augusta), fundada por Augusto para asentar a los veteranos de las guerras cántabro-astures.
Provincia imperial: era uno de los dos tipos de provincia surgidos de la reforma administrativa de Augusto (27 a. C.); en concreto eran las plenamente pacificadas, que no necesitaban la presencia permanente de legiones y quedaban bajo la administración directa del Senado de Roma. En Hispania solo tenia este rango la Bética.
Provincia senatorial: era el otro tipo de provincia surgido de la reforma administrativa de Augusto (27 a. C.). Eran las de más reciente conquista, en las que las legiones seguían siendo necesarias y, por tanto, quedaban bajo la administración y control directo del emperador, en su calidad de jefe supremo del ejército. En Hispania eran la Tarraconense y la Lusitania.
Convento jurídico: demarcaciones territoriales en que se dividían las provincias a efectos de administración de justicia. Su origen estaba en las reuniones (conventos) que se convocaban en días y lugares fijos dentro de cada provincia para que el gobernador provincial impartiera justicia. Con el tiempo, estas reuniones adquirieron carácter permanente y los conventos jurídicos se convirtieron en distritos provinciales con capitales fijas.
Ciudad romana: las civitates eran las células básicas de la administración territorial romana. Estaban compuestas por un amplio territorio rural (el territorium), dividido en tierras de propiedad privada y tierras de aprovechamiento comunal, regido por un núcleo urbano (urbs), que actuaba como centro económico (mercado), político (órganos de gobierno), religioso (templos) y de esparcimiento (teatro, anfiteatro, termas, etc.). La autonomía de cada ciudad dependía de su grado de integración y aceptación de la dominación romana: en general, a mayor grado de romanización, mayor autonomía y más privilegios.
Órdenes romanas: constituían la categoría superior de la estructura social romana, integrada por una minoría privilegiada y dominante, que desempeñaba los más altos cargos políticos, financieros, militares y religiosos. Existían tres órdenes, con notables diferencias de poder y riqueza, y para pertenecer a ellos había que cumplir ciertos requisitos que limitaban el acceso: orden senatorial, integrado por los miembros del Senado romano, para los cuales estaban reservadas las más altas magistraturas (cónsules, pretores...); orden ecuestre, compuesto por procuradores (responsables de las finanzas), prefectos de caballería, etc.; y orden decurional, integrado por los miembros de los senados municipales (decuriones) de las diferentes ciudades del Imperio, que desempeñaban las magistraturas municipales.
Ciudadanos romanos: los ciudadanos romanos gozaban de privilegios políticos —participaban y votaban en las asambleas políticas—, militares —podían integrarse en las legiones— y sociales —tenían derecho a la beneficencia pública y privada, como el reparto gratuito de trigo, por ejemplo—. Sin embargo, existían grandes diferencias de fortuna en el conjunto de los ciudadanos romanos, desde los más pobres, que vivían casi en exclusiva de la beneficencia, hasta los muy ricos y los pertenecientes a órdenes.
Libertos: eran antiguos esclavos manumitidos. El antiguo dueño pasaba a convertirse en su patrono y podía exigir al liberto ciertas obligaciones. Tenían derechos civiles, como los libres, pero el estatuto de liberto no se borraba normalmente hasta la tercera generación, que adquiría ya la libertad plena.
Esclavos: no tenían ni derechos políticos ni civiles, eran simplemente una propiedad de su dueño. La condición de esclavo se tenia de nacimiento (por ser hijo de una esclava) o se podía adquirir por varias circunstancias: caer prisionero de guerra o de piratas, ser condenado a esclavitud por los tribunales, ser vendido por el padre o incluso por autoventa (por ejemplo, para saldar una deuda).
Colonos: en el Bajo Imperio (siglos IV y V) eran antiguos hombres libres sin recursos, que trabajaban parcelas de los grandes propietarios en beneficio propio a cambio de ciertos pagos y servicios al latifundista. En algunos casos, el colono quedaba adscrito forzosamente a la tierra que trabajaba y esta situación se transmitía a sus herederos.
Edicto de Milán: disposición legal promulgada por el emperador Constantino en Milán en el año 313 mediante la cual se estableció la libertad de religión en el Imperio romano. Supuso el fin de las persecuciones y la clandestinidad de los cristianos.
Edicto de Tesalónica: disposición legal promulgada por el emperador Teodosio en Tesalónica en el año 380 por la cual el cristianismo se convirtió en la religión oficial del Imperio romano.

Unidad 3. La transición de la Antigüedad a la Edad Media: la monarquía visigoda (476-711)

Suevos, vándalos y alanos: pueblos bárbaros que irrumpieron en la Península en el año 409. Dos de ellos son germánicos (los suevos y los vándalos) y el otro tiene origen asiático (los alanos). Los suevos y una rama de los vándalos (los asdingos) se asentaron en la Gallaecia, donde los suevos fundaron un reino. Los vándalos asdingos, presionados por los suevos, se dirigieron al norte de África, donde crearon su propio reino, al que anexionaron las Islas Baleares. La otra rama de los vándalos (los silingos) y los alanos se repartieron entre la Bética, la Cartaginense y la Lusitania, pero no se tiene información histórica fidedigna sobre lo que ocurrió con ellos después.
Comitatus: ancestral costumbre germánica consistente en el juramento de fidelidad del guerrero a su jefe. Contribuyó a reforzar las relaciones de tipo personal heredadas de la tradición romana.
Gardingos: nobleza territorial latifundista en la monarquía visigoda. Inicialmente eran guerreros fieles de los que se rodeaban los reyes, pero con el tiempo estos tendieron a recompensar los servicios militares de los gardingos con la entrega de tierras en usufructo vitalicio. Los gardingos acabaron convirtiendo esas tierras en hereditarias y gobernándolas con total autonomía respecto al poder del rey.
Bucelarios: hombres fieles al servicio de los gardingos. El bucelario obtenía del noble gardingo protección y tierras y a cambio adquiría con él un compromiso de fidelidad y obediencia.
Officium Palatinum: era una de las principales instituciones políticas de la monarquía visigoda. Lo integraban los magnates de mayor confianza del rey, que le auxiliaban en las tareas de gobierno y en las domésticas de palacio.
Aula Regia: institución política de la monarquía visigoda, era una asamblea de carácter consultivo, heredera del tradicional Senado o Consejo de ancianos visigodo e integrada por todos los miembros del Officium Palatinum y otros magnates, que asesoraban al rey en asuntos políticos y militares y en la elaboración de las leyes.
Concilios de Toledo: inicialmente eran solo asambleas eclesiásticas, pero tras la conversión de Recaredo al catolicismo adquirieron también un gran papel político: los convocaba el rey, integraban a magnates del Aula Regia y en ellos se establecieron importantes normas y decisiones que afectaban a la monarquía, corno las condiciones para la elección de los reyes o las obligaciones con las que debían cumplir.
Liber Iudiciorum o Fuero Juzgo: recopilación legislativa realizada por Recesvinto en 654 que ponía fin a la discriminación juridica impuesta inicialmente por los visigodos (diferentes leyes para godos e hispanorromanos, prohibición de matrimonios mixtos, etc.).

BLOQUE 2 LA EDAD MEDIA: TRES CULTURAS Y UN MAPA POLÍTICO EN CONSTANTE CAMBIO (711-1474)

Unidad 1. Al Andalus (711-1474)

Gentes del Libro: los musulmanes consideran «gentes del Libro» a judíos y cristianos, porque comparten con ellos el hecho de haber recibido la revelación de Dios y haberla registrado en un libro sagrado.
Reinos de taifas: el término taifa significa en árabe 'facción' o 'bandería'. Se denomina reinos de taifas a los resultantes de la desintegración del califato de Córdoba o de las unificaciones almorávide y almohade.
Parias: tributos, generalmente anuales, que debía pagar un reino musulmán a otro cristiano a cambio de su protección y en reconocimiento de vasallaje. Representó una importante fuente de ingresos para los monarcas cristianos.
Muladíes: los muladíes (muwalladún) eran los hispanos convertidos al Islam. Tales conversiones fueron muy frecuentes en los primeros tiempos de la conquista islámica de la Península, ya que, según el Corán, todos los musulmanes son iguales, por lo que abrazar la nueva religión facilitaba una mayor integración social y eximía de los tributos especiales exigidos a la población no musulmana.
Mozárabes: eran los cristianos residentes en territorio musulmán. Fueron disminuyendo en número, tanto por las conversiones al Islam como por la emigración hacia los reinos cristianos con el avance de la Reconquista.
Eslavos: en la sociedad hispanomusulmana se denominaba eslavos o esclavones a los esclavos de origen europeo que habían llegado a esa condición como prisioneros de guerra. Muchos de ellos, tras su manumisión, se incorporaron a los ejércitos califales. Incluso algunos aprovecharon su jefatura militar para erigirse en reyes de taifas a la caída del califato.
Corán: es el libro sagrado del Islam, que recoge, en opinión de los musulmanes, la revelación divina de forma literal. Su redacción definitiva se realizó bastante tiempo después de la muerte de Mahoma y su contenido es un conjunto de dogmas y preceptos, junto con narraciones que coinciden con algunas del Antiguo y del Nuevo Testamento.
Sharia: es la ley islámica, que establece lo que Dios ha mandado, lo que ha prohibido, lo que ha recomendado y lo que considera indiferente. Por tanto, la voluntad divina se convierte en la base del Derecho en el mundo islámico.
Cinco pilares del Islam: los cinco deberes fundamentales que debe cumplir todo musulmán son la profesión de fe, o manifestación pública de que no hay más dios que Alá y que Mahoma es su profeta; la oración cinco veces al día —al amanecer, a mediodía, por la tarde, a la puesta del sol y por la noche—, en dirección a La Meca; la práctica de la limosna, que obligaba a los que excedían un determinado nivel de riqueza a dar una parte de ella, una vez al año, a los más pobres de su comunidad; el ayuno durante el mes de Ramadán, desde la salida a la puesta del sol y la peregrinación, al menos una vez en la vida, a la ciudad santa de La Meca.
Sunna: es la norma de vida establecida por Mahoma con sus palabras y sus actos, y transmitida por la tradición. Es la segunda fuente del Islam, después del Corán: este es la revelación directa de Alá; y la sunna es la enseñanza de Mahoma, su profeta.

Unidad 2. Los reinos cristianos medievales (711-1474)

Órdenes militares: inspiradas probablemente en el modelo del ribat o convento fortificado de los musulmanes, las Órdenes Militares españolas, creadas a imitación de las que se habían fundado en Europa (Hospitalarios, Templarios), reflejan el espíritu de cruzada de la Reconquista. Se organizaban como monasterios, pero sus fines eran militares, aunque al servicio de la religión (la recuperación de los Santos Lugares en Oriente y la reconquista de los territorios musulmanes en España).
Presura: sistema de repoblación consistente en la simple ocupación de tierras sin dueño, ya que, según el Derecho romano, la puesta en cultivo de un terreno despoblado otorgaba al que lo hiciera la propiedad sobre el mismo. Este procedimiento se realizo por iniciativa de grupos de campesinos o por iniciativa de nobles y monasterios. Se aplicó en las tierras situadas al norte del Duero y en el Piedemonte pirenaico, y el resultado fue el predominio de la pequeña y mediana propiedad de tierras.
Carta Puebla: un Fuero, Carta de población o Carta Puebla era un conjunto de normas que regulaban todos los aspectos de la vida municipal. Su concesión correspondía al rey y fue frecuente durante la fase conocida como de repoblación concejil, aplicada en las tierras situadas entre el Duero y los Montes de Toledo, en el sector occidental, y en el valle del Ebro, en el oriental.
Repartimiento: sistema de repoblación aplicado al valle del Guadalquivir y al litoral levantino de Castellón a Murcia, últimas zonas reconquistadas. Tras la ocupación de una ciudad con sus territorios circundantes, los oficiales reales hacían inventario de los bienes obtenidos y los repartían entre quienes habían participado en la conquista, dividiéndolos en lotes (donadíos) cuyo tamaño y valor estaban en función del rango social de quien los recibía El resultado fue la creación de grandes latifundios en poder de la nobleza, las Ordenes Militares y la Iglesia.
Mesta: era una asociación de propietarios castellanos de rebaños, fundada en el siglo XIII para defender sus intereses. Obtuvo de la monarquía grandes privilegios, en perjuicio de los intereses de los agricultores. La inclinación de la monarquía en favor de los ganaderos se debió sobre todo a dos razones: el poder de los grandes propietarios de ganado trashumante (nobles e instituciones eclesiásticas, fundamentalmente) y los elevados ingresos obtenidos por la monarquía por el cobro de impuestos sobre el comercio de la lana.
Señorío (régimen señorial): los señoríos eran territorios concedidos por el rey a un particular o a una institución, en ocasiones como pago por algún servicio prestado. En los comienzos de la Reconquista apareció el primer tipo de señoríos, los denominados señoríos territoriales o solariegos, cuyas tierras carecían de dueño previo, por lo que el nuevo señor adquiría su propiedad. Pero a menudo, y en especial en las zonas ya pobladas, el monarca no transfería la totalidad de las propiedades del lugar, sino solo aquellos bienes y derechos que hasta entonces habían correspondido a la Corona (las tierras sin dueño, los bosques, los montes, ciertas rentas, etc.), sin modificar las propiedades de los vecinos. Pero progresivamente los monarcas empezaron a otorgar a los beneficiarios de estas donaciones el privilegio de la inmunidad; así, tales lugares se convirtieron en señoríos jurisdiccionales y sus pobladores en vasallos del nuevo señor, que asumía sobre ellos las funciones propias del monarca.
Mayorazgo: era un instrumento fundamental utilizado por la nobleza para garantizar la conservación del patrimonio familiar y evitar su dispersión o disipación por los futuros herederos. Constituir un mayorazgo consistía en vincular un conjunto de propiedades familiares que debían transmitirse íntegras al primogénito de cada generación, por lo que no podían ser vendidas ni divididas, pero tampoco embargadas por deudas.
Cortes (medievales): institución creada a finales del siglo XII en el reino de León y a lo largo del siglo XIII en los demás reinos cristianos. Era un órgano convocado por el monarca y compuesto de tres brazos (en representación de la nobleza, el clero y las ciudades), que deliberaban por separado y emitían un único voto por brazo. Aunque existían diferencias entre unos reinos y otros, parece que en todos los territorios las funciones de las Cortes eran esencialmente dos: atender las consultas del rey en asuntos de especial importancia y, sobre todo, votar los subsidios o impuestos de carácter extraordinario.
Escuela monacal: las escuelas monacales fueron los únicos centros de instrucción elemental hasta el siglo XI. En los monasterios más importantes, un maestro solía impartir una enseñanza básica (leer y escribir, canto y cálculo elemental) a grupos de niños destinados en su mayoría a convertirse en monjes. Gozaron de fama la escuela del monasterio de Ripoll (Gerona) en los siglos X y XI, o la del de Sahagún (León) en el siglo XII.
Escuela catedralicia: las escuelas catedralicias surgieron a partir del siglo XII con el renacimiento de la vida urbana y la creciente importancia de las catedrales. Impartían una instrucción elemental dirigida a los hijos de la burguesía y de la pequeña nobleza urbana e incluso al clero. En algunas catedrales importantes (Santiago, Toledo, Segovia o Palencia) se crearon también escuelas superiores en las que se enseñaba teología y artes liberales.
Universidad (estudios generales): aparecieron en el siglo XIII como nuevas instituciones docentes que agrupaban a estudiantes y profesores y cuyo precedente europeo estaba en las de París y Bolonia. Fueron fundaciones regias, aunque algunas surgieron a partir de escuelas catedralicias. Sin embargo, para gozar de un auténtico reconocimiento en todo el ámbito de la cristiandad, requerían la autorización del Papa. Además de la facultad de Artes, cuyos estudios tenían cierto carácter preparatorio, tenían generalmente otras tres facultades: Derecho (civil y canónico), Filosofía y mas raramente Medicina. La primera fundación universitaria peninsular fue la de Palencia (entre 1208 y 1214), de existencia breve y precaria, a la que siguieron las de Salamanca, Valladolid, Lérida y Lisboa.
Payeses de remensa: los payeses de remensa catalanes eran campesinos adscritos a la tierra de forma hereditaria, en una situación similar a la de los siervos de la gleba de algunas regiones europeas. Su principal diferencia respecto a estos era que podían romper dicha adscripción mediante el pago de una cantidad de dinero (la remensa). Pero, además de la remensa, los señores de sus tierras les habían impuesto otras cinco obligaciones o condiciones abusivas (los «malos usos»). Protagonizaron numerosos actos de rebelión durante la Baja Edad Media (siglos XIV y XV) para mejorar su situación.

BLOQUE 3 LA FORMACION DE LA MONARQUÍA HISPÁNICA

Unidad 1. Los Reyes Católicos (1474-1516)

Santa Hermandad: las hermandades eran milicias locales organizadas desde la Baja Edad Media en algunas ciudades para protegerse de bandidos y delincuentes en sus respectivos territorios. Isabel la Católica las revitalizó e hizo que se crearan en todas las poblaciones de más de cincuenta habitantes para restaurar el orden y la paz social. La financiación de cada hermandad local corría a cargo del propio municipio. Todas las hermandades locales formaban la Liga de la Santa Hermandad, coordinada y dirigida por una Junta General. A partir de 1498 se suprimió la Santa Hermandad, pero pervivieron las hermandades locales, con una función básica de policía rural.
Capitulaciones de Santa Fe: documento suscrito por los Reyes Católicos y Colón en 1492, poco después de la conquista de Granada, en el que se fijaron por escrito los acuerdos relativos a la expedición proyectada por Colón a las Indias. En ellas se hacían a Colón importantes concesiones sobre las tierras que pudiese descubrir y colonizar: obtendría los títulos de almirante, virrey y gobernador general de todas las islas y tierras firmes que descubriese; y se beneficiaría de la décima parte de cuanto se obtuviese en tales tierras.
Tratado de Alcaçovas: tratado firmado en 1479, tras la guerra de Sucesión en Castilla, con Alfonso V de Portugal, por el cual este reconoció a Isabel como reina de Castilla, así como los derechos castellanos sobre Canarias y la costa africana situada frente a estas islas. Los Reyes Católicos, por su parte, renunciaron en favor de Portugal a cualquier otro derecho sobre la costa africana, las islas Azores, las de Madeira o las de Cabo Verde.
Tratado de Tordesillas: tratado firmado en 1494 con Portugal, mediante el cual se establecía la linea divisoria entre las zonas de expansión de Portugal y Castilla a trescientas setenta leguas al oeste de las islas de Cabo Verde. Esto no solo incluía para Portugal la ruta que bordeaba África, sino que también le permitiría la futura ocupación de Brasil, pues la nueva línea atravesaba el extremo más oriental de este territorio.
Moriscos: denominación aplicada a los musulmanes cristianizados tras los decretos de 1501 y 1502, que obligaron a los musulmanes de la Corona de Castilla a convertirse al cristianismo o a abandonar España. La mayoría aceptó el bautismo, pero sin convicción, y siguió practicando la religión islámica de forma más o menos encubierta.
Consejo de Castilla: denominación que adquirió el Consejo Real tras la creación de diversos Consejos especializados (de la Inquisición, de Órdenes, de Aragón, de Hermandad) en tiempos de los Reyes Católicos. Sus competencias, además de los asuntos relativos a Castilla, abarcaban todos los demás asuntos sobre los que no tenían atribuciones los otros Consejos.
Chancillería: tribunales superiores de justicia en la Corona de Castilla. Existían dos: una en Valladolid y otra en Granada, con jurisdicción al norte y sur del Tajo, respectivamente.
Audiencia: en la Corona de Castilla eran tribunales de justicia de rango inferior a las Chancillerías; existían dos: una en Santiago y otra en Sevilla. En la Corona de Aragón, donde no existían chancillerías se encontraban los tribunales superiores de justicia, y existía una Audiencia en cada uno de los tres reinos con Cortes: Aragón, Cataluña y Valencia.
Corregidor: cargo municipal creado en Castilla en la Baja Edad Media y extendido por los Reyes Católicos a todas las villas y ciudades que aún carecían de él, salvo las sometidas a jurisdicción señorial. Era un funcionario nombrado por la monarquía y a su servicio, remunerado por el municipio y cuyo cometido fundamental era la supervisión y el control del gobierno de las ciudades.
Humanismo: corriente de pensamiento del comienzo de la Edad Moderna en Europa que situaba como principal centro de atención al hombre y confiaba en sus capacidades morales e intelectuales, en contraposicion a la concepción medieval teocéntrica, que despreciaba todo lo relativo al hombre como mundano e inferior. Sus dos focos principales fueron Italia y los Países Bajos. España recibió la doble influencia italiana y flamenca: la primera, a través de la Corona de Aragón; y la segunda, a través de Castilla, cuyos contactos con los Países Bajos fueron frecuentes sobre todo desde el matrimonio de Juana con Felipe el Hermoso. Figuras destacadas en España fueron Francisco Jiménez de Cisneros, Antonio de Nebrija y Juan Luis Vives.

Unidad 2. El auge del Imperio en el siglo XVI

Requerimiento (a los indios): fórmula consistente en la lectura de un documento que se hacia a los indios, previamente a la conquista de su territorio, para que aceptaran la soberanía española si no querían ser sometidos por las armas. Era una pura formalidad para legitimar el empleo de la fuerza, ya que los nativos no entendían la argumentación y, hasta que se emplearon interpretes, ni siquiera el lenguaje.
Encomienda indiana: práctica que consistía en la asignación a un colonizador o encomendero de un determinado número de indios (encomendados) para que trabajaran a su servicio o le pagasen tributos en especie. En contrapartida, el encomendero debía protegerlos, civilizarlos y evangelizarlos; pero, en la mayoría de los casos, la encomienda era solo una forma encubierta de explotación al indio en condiciones similares a la esclavitud.
Auto de fe inquisitorial: ceremonia pública en la que se daban a conocer las sentencias de la Inquisición contra los penitenciados, que en ese mismo acto eran entregados al brazo secular para que se les aplicara la condena establecida. Los autos de fe se celebraban en plazas públicas y con gran solemnidad.
Galeón de Manila: flota que, para la explotación comercial de las islas Filipinas, una vez al año hacia la travesía de ida y vuelta entre Manila y Acapulco. A Nueva España se transportaban principalmente especias y manufacturas chinas (sedas, lacas y porcelanas), a cambio de plata mexicana.
Sistema polisinodial de gobierno: estructura política iniciada por los Reyes Católicos y desarrollada por los Austrias mayores (Carlos I y Felipe II) en la que el gobierno se ejercía a través de sínodos o consejos. Respondía a la nueva necesidad de organizar el complejo gobierno de un imperio vasto y heterogéneo, como era la monarquía hispánica en el siglo XVI. Según su naturaleza, los Consejos podían ser: territoriales, encargados de los asuntos específicos de cada reino o territorio (Consejo de Castilla, de Aragón, de Indias, de Italia, de Flandes, de Portugal); y técnicos, con competencias en asuntos de especial importancia (el de Inquisición, de Órdenes Militares, de Hacienda o de Guerra). Por encima de todos ellos estaba el Consejo de Estado, presidido por el propio monarca y con competencias en las grandes cuestiones de Estado, la política exterior y las decisiones sobre la guerra y la paz.
Quinto real: tributo recibido por la Corona que consistía en el 20% de las riquezas obtenidas en las Indias, en especial del oro y la plata extraídos. Era una de las principales fuentes de ingrese de la Hacienda Real.
Juros: denominación dada a los títulos de deuda pública en la época de los Austrias. Su número fue aumentando a lo largo del siglo XVI, por las crecientes necesidades de la Corona y la insuficiencia de sus ingresos. A mediados de siglo se destinaba más de la mitad de las rentas ordinarias (los ingresos fijos, sin considerar los caudales de Indias ni los servicios extraordinarios votados por las Cortes) de la Hacienda Real al pago de intereses de los juros y a finales de siglo, todas ellas.
Flota de Indias: grupo de barcos mercantes que partía de Sevilla con mercancías destinadas a los puertos centroamericanos y después regresaba nuevamente a Sevilla con mercancías americanas, oro y plata. Los barcos iban armados y escoltados por navíos de guerra para defenderse de los ataques de piratas. Debido al monopolio del comercio con América, cualquier mercancía, española o extranjera, que se quisiera vender en el Nuevo Mundo debía ser registrada en la Casa de Contratación de Sevilla, pagar a la Corona los impuestos correspondientes y ser transportada en la flota de Indias.
Revolución de los precios: proceso inflacionario durante el siglo XVI, sin precedentes por su magnitud en la historia europea, debido a la confluencia de diversos factores, esencialmente dos: la llegada a Europa, a través de Sevilla, de una gran cantidad de metales preciosos americanos (oro y plata), que permitió la acuñación masiva de monedas y el incremento de la circulación monetaria; y el aumento de la demanda de bienes derivada del crecimiento de la población..
Contrarreforma: denominación dada al movimiento de reforma en el seno de la Iglesia católica como reacción a la reforma protestante, que alcanzó su plenitud a partir del Concilio de Trento (1545-1563). El resultado final fue la definitiva división del mundo cristiano entre católicos y protestantes.

BLOQUE 4 EL REFORMISMO DE LOS PRIMEROS BORRONES (1700-1788)

Unidad 1. España en la órbita política y cultural de Francia

Asiento de negros: monopolio concedido a Inglaterra en la Paz de Utrecht para introducir esclavos negros en la América española durante treinta años.
Navío de permiso: autorización concedida a Inglaterra en la Paz de Utrecht para enviar a América un navío al año con quinientas toneladas de mercancías para su venta.
Pactos de Familia: tratados de ayuda y defensa mutua entre España y Francia así denominados por el parentesco existente entre los monarcas de ambos países. Se firmaron tres: dos en el reinado de Felipe V y el tercero en el reinado de Carlos III.
Novatores: término de connotaciones peyorativas aplicado a quienes, desde finales del siglo XVII aspiraban a una cierta renovación en el panorama intelectual. Fueron los precursores de la Ilustración en España.
Proyectistas: nueva denominación aplicada en el siglo XVIII a quienes, como los arbitristas del siglo anterior, pretendían ofrecer remedios a los problemas del país.
Academias Reales: instituciones oficiales para regular el conocimiento en sus respectivos ámbitos, creadas según el modelo de las surgidas en Francia desde mediados del siglo XVII. En España las primeras nacieron en el siglo XVIII a partir de iniciativas privadas de renovación cultural, como tertulias o reuniones particulares, a las que después la Corona dio protección oficial transformándolas Academias Reales. De este modo se fundaron la Real Academia Española de la Lengua (1713), La Real Academia Española de la Historia (1738) o la Real Academia de Bellas Artes (1752). Todas ellas fueron activos instrumentos de la ilustración en su afán de racionalizar e impulsar la ciencia y la cultura.
Sociedades Económicas de Amigos del País: instituciones de carácter privado que, siguiendo el modelo de la Sociedad Vascongada de Amigos del País, se constituyeron en distintas localidades por todo el país, durante el reinado de Carlos III, impulsadas por su ministro Campomanes. Realizaban estudios sobre las causas del atraso de su región y los medios para solucionarlo; impartían clases de agricultura, artes e industria; propiciaban la aplicación de nuevas técnicas; creaban talleres y manufacturas; difundian las nuevas teorías económicas; publicaban libros y prensa periódica propia; ofrecían premios a las innovaciones y a las mejores propuestas económicas, etc.

Unidad 2. Las reformas internas y sus límites

Decretos de Nueva Planta: decretos dados por Felipe V en los territorios de la Corona de Aragón en represalia por el apoyo prestado al archiduque Carlos de Austria en la Guerra de Sucesión. Se dieron en diferentes momentos (Valencia y Aragón en 1707, Mallorca en 1715 y Cataluña en 1716) y consistieron en la supresión de los fueros e instituciones particulares de estos territorios. Además, en cada uno de ellos la figura del virrey fue sustituida, como máxima autoridad, por la de un capitán general al frente de una Audiencia. De esta forma se consiguió en gran medida una monarquía unitaria, aunque se mantuvieron los fueros e instituciones vascos y navarros, por la fidelidad de estos territorios al bando borbónico durante la guerra. En cuanto a las Cortes, se convirtieron en Generales del Reino (salvo Navarra, que mantuvo las suyas propias), con representantes también de las ciudades aragonesas, catalanas, valencianas y mallorquinas.
Secretarías de Estado y del Despacho: nuevos órganos que tendieron a sustituir de forma gradual a lo largo del siglo las tradicionales funciones de los Consejos instaurados por los Reyes Católicos y los Austrias. Su número y competencias sufrieron variaciones con el tiempo y a su frente estaban los secretarios —el más claro precedente de los modernos ministros—, que despachaban directamente con el rey. Solo el Consejo de Castilla mantuvo su rango de máximo órgano político, y su presidente era el cargo político más importante después del rey.
Intendencias: divisiones administrativas —equiparables a las provincias actuales— que los Borbones crearon a semejanza del modelo francés, en su afán de controlar desde el poder central todo el territorio. A su cabeza estaban los intendentes, hombres de confianza de la monarquía, que actuaban como delegados territoriales del gobierno, con muy amplias y variadas funciones: justicia, policía, recaudación de impuestos, reclutamiento y mantenimiento de las tropas, etc.
Catastro de Ensenada: investigación encargada por Fernando VI al marqués de la Ensenada que consistía en un recuento detallado de todos los habitantes de Castilla y de sus propiedades, para determinar la cuantía que le correspondía pagar a cada súbdito en la «única contribución», con la que se pretendía sustituir la gran diversidad de impuestos existentes hasta entonces en la Corona dé Castilla. Sin embargo, aunque la investigación se realizó, las protestas y reclamaciones frustraron la pretendida reforma fiscal.
Vales reales: modalidad de deuda pública instaurada por Carlos III para hacer frente a los gastos ocasionados por la Guerra de Independencia de Estados Unidos (1776-1783). Su novedad radicaba en que las casas de comercio prestaban a la Corona una cierta cantidad de dinero al 4% de interés anual y a cambio recibían estos vales reales, que podían ser conservados hasta la devolución de su importe o utilizados como medio de pago, como si se tratase de dinero autentico. Los vales reales fueron, por tanto, un precedente del papel moneda actual, aunque su elevada cuantía los hacía inservibles para el comercio al por menor.
Regalismo: doctrina jurídica surgida a finales del siglo XV en relación con la emergencia de las monarquías absolutas. Propugnaba la superioridad del rey sobre la Iglesia en cualquier ámbito que no fuera la pura doctrina religiosa.
Patronato regio: derecho de la Corona a nombrar a los cargos eclesiásticos, en especial a las altas dignidades, como los obispos. Era uno de los objetivos esenciales de los monarcas regalistas, para someter a su autoridad a la Iglesia de sus naciones. En España los Reyes Católicos habían obtenido del Papado el derecho de patronato sobre el Reino de Granada y, después, sobre la Iglesia del Nuevo Mundo. En el siglo XVIII, con la firma del Concordato de 1753, la Santa Sede concedió a la monarquía un patronato prácticamente universal sobre la Iglesia española.
Tierras amortizadas (manos muertas): tierras que, según las leyes del Antiguo Régimen, no podían ser enajenadas (vendidas, donadas o embargadas), aunque sus titulares podían disponer libremente de sus frutos o sus rentas. Según quiénes fueran sus propietarios, podían ser de tres tipos: eclesiásticas, municipales y vinculadas a mayorazgos.
Manufacturas reales: fábricas creadas por el Estado, según el modelo aplicado en Francia por Colbert, ministro de Luis XIV. En ellas se contrataba a especialistas extranjeros para que enseñaran las nuevas técnicas de producción. Su control corría a cargo de representantes estatales, y el objetivo era satisfacer la demanda de la nobleza y el clero de artículos de lujo (tapices, cristal, etc.) con productos fabricados en el país e incluso exportarlos. Así se dejarían de importar y el dinero no saldría de España. Sin embargo, acabaron fracasando debido al excesivo control burocrático y a la aplicación de técnicas poco productivas, que encarecían demasiado el precio final.
Sistema de registros (comercio con América): sistema que sustituyó desde 1735 al tradicional sistema de flotas y galeones para agilizar el comercio con América. Los particulares podían cargar sus mercancías, una vez registradas en Cádiz, en barcos autorizados que partían para América cuando querían.

Censos enfitéuticos: sistema de cesión de la tierra a los campesinos, característico de Cataluña desde la Edad Media. Los propietarios feudales catalanes habían cedido el disfrute de la tierra a los campesinos en contratos perpetuos o a muy largo plazo a cambio de una renta fija. Con el paso del tiempo y la inflación, dicha renta había quedado reducida a una cantidad simbólica, lo que convertía al campesino catalán en propietario de hecho de la tierra que trabajaba y, por tanto, tenía incentivos para realizar mejoras en ella. 

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